El Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo establece un marco común para la recopilación y el intercambio de datos sobre los servicios de alojamiento de corta estancia en la Unión Europea. Es el primer instrumento legislativo europeo específicamente dirigido a regular el mercado de alquileres de corta estancia gestionados a través de plataformas digitales.
El reglamento responde a la necesidad de las administraciones públicas de obtener datos fiables sobre la actividad de alquiler de corta estancia para poder diseñar políticas de vivienda, turismo y fiscalidad efectivas. Al mismo tiempo, establece un sistema de registro único que facilita el cumplimiento normativo a los propietarios que operan en múltiples países.
En España, el Reglamento UE 2024/1028 se ha transpuesto a través del Real Decreto 1312/2024, que crea el Registro Único de Arrendamiento (NRUA) y establece las obligaciones específicas para propietarios y plataformas digitales.
Obliga a los Estados miembros a crear un sistema de registro único para todos los alojamientos de corta estancia. En España, este es el NRUA.
Las plataformas digitales (Airbnb, Booking, etc.) están obligadas a verificar que cada anuncio tiene un número de registro válido antes de publicarlo.
Las plataformas deben compartir datos de actividad con las administraciones públicas de forma regular para facilitar la planificación y el control.
El Reglamento UE 2024/1028 establece que los Estados miembros deben fijar sanciones "efectivas, proporcionadas y disuasorias". En España, el Real Decreto 1312/2024 establece:
Para propietarios
Hasta 10.000€
Por operar sin NRUA o con datos incorrectos
Para plataformas
Hasta 100.000€
Por no verificar o no retirar anuncios sin NRUA
Reiteración
Hasta 600.000€
Para plataformas con incumplimientos reiterados
Real Decreto 1312/2024
Transposición española del Reglamento UE. Crea el NRUA y establece el procedimiento de registro.
Orden VAU/1560/2025
Desarrolla el procedimiento de presentación del Informe Anual Único (Modelo 1560).
Normativa autonómica
Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa de licencias turísticas que complementa el NRUA.